Querida lectora o lector,
Muchas de las palabras que consideramos en este espacio pertenecen a la cultura cotidiana: “yapa” y “educación”, “¡Felicidades!” y “¡Felicitaciones!”, el casi intraducible “piropo”.
Buena parte del quehacer traductoril de este servidor, en cambio, es de carácter legal: contratos y testamentos, cartas poder, demandas y reclamos.
En estas faenas, es frecuente toparse con el título de notary public, cuya traducción al español se nos exige.
Notary: ¡Tamaña trampa nos tiende esta palabra!
Pues la traducción obvia y directa por “notario público” es absolutamente incorrecta.
Los lingüistas hablan de “falsos amigos”: aquéllas palabras que parecen iguales, incluso tienen un origen común, pero significan cosas diferentes.
Así fabric (tela) no es fábrica ni sentence (castigo) sentencia, ni compromise(acuerdo, término medio) compromiso.
En los países hispanohablantes, el notario (siempre es “público” porque requiere autorización del gobierno) es un abogado especializado en legalización de documentos y temas afines. En Argentina, Uruguay y Paraguay, son “escribanos”.
El notary norteamericano no es abogado; los requisitos para acceder a ese cargo son mínimos.
De ahí que la frecuentísima traducción de notary por “notario”, además de equivocada, pueda inducir al público inmigrante al error de creerlos abogados.
De hecho, esta traducción directa está expresamente prohibida por ley en algunos estados, entre ellos Texas y Florida.
Nuestra recomendación general es traducir notary por “fedatario”—individuo autorizado para dar fe de la legitimidad de las firmas y juramentos.
Good words!
Pablo
Copyright ©2013 Pablo J. Davis. Se reservan todos los derechos. All Rights Reserved. Este ensayo se escribió originalmente para la edición del 27 enero 2013 de La Prensa Latina (Memphis, Tennessee), donde forma parte de la columna semanal Misterios y Enigmas de la Traducción/Mysteries & Enigmas of Translation.